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¿Cuánto plazo tengo para defenderme de una demanda ejecutiva?

Por Gabriel Milla, abogado — Central Jurídica
Publicado el 7 de agosto de 2026

Si te notificaron una demanda ejecutiva, el plazo para defenderte puede ser de ocho días útiles, cuando el requerimiento de pago se practica dentro del territorio jurisdiccional del tribunal que conoce de la demanda.

El plazo comienza a correr desde el requerimiento de pago. Si la diligencia se practicó en el territorio de otro tribunal existen reglas especiales, por lo que el cálculo debe revisarse según las circunstancias concretas del caso.

Por eso, si acabas de recibir una demanda ejecutiva, es importante revisar inmediatamente la fecha, el lugar y la forma en que se practicó el requerimiento.

¿Qué defensas pueden presentarse dentro del plazo?

El juicio ejecutivo contempla determinadas excepciones y la procedencia de cada una depende del título y de los antecedentes del caso.

Pueden existir cuestiones relacionadas, entre otras materias, con el pago, la prescripción, la exigibilidad de la obligación, el mérito ejecutivo del documento, la representación de las partes o el monto que se pretende cobrar.

El plazo no debe analizarse aisladamente: dentro de ese tiempo también es necesario estudiar los documentos y determinar cuáles defensas pueden efectivamente sostenerse.

Si quieres una explicación general sobre qué ocurre después de recibir la demanda, revisa también nuestro artículo “Me notificaron una demanda ejecutiva: ¿qué debo hacer?”.

Qué antecedentes conviene revisar de inmediato

Para determinar correctamente el plazo y evaluar una defensa, conviene disponer al menos de:

  • la demanda ejecutiva;
  • el mandamiento de ejecución y embargo;
  • el acta o constancia de notificación y requerimiento;
  • el pagaré, factura, contrato u otro título utilizado para cobrar;
  • los comprobantes de pago que puedan existir;
  • y cualquier otro antecedente relacionado con la obligación.

La rapidez puede ser determinante

Los juicios ejecutivos están diseñados para avanzar rápidamente y la ley establece plazos breves para que el ejecutado formule su oposición.

Por eso, frente a una notificación reciente, lo recomendable es determinar primero cuándo se practicó el requerimiento de pago y cuál es el plazo aplicable al caso concreto.

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La información contenida en este artículo es de carácter general. El cálculo de un plazo procesal debe realizarse considerando los antecedentes y circunstancias concretas del procedimiento.

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